Unificación de registros bibliográficos

La unificación de registros obedece a la premisa de que el registro bibliográfico debe representar y describir íntegramente a un recurso. Las características peculiares y destacables de uno o varios ejemplares (ítems) individuales de ese recurso que la Biblioteca posee se registran en los campos específicos del ítem.

Si esas características destacables se consideran de especial importancia para conocimiento de los usuarios, se registran además en los campos de notas del registro bibliográfico, identificando al ejemplar individual por medio del subcampo $3. Entre ellas se deben considerar:

Las Salas de colecciones especiales (por ejemplo: Tesoro, Fototeca, etc.) establecen los criterios específicos aplicables a este tipo de consideraciones, en consenso con el Departamento de Desarrollo de la Colección, y en base a lo estipulado en el documento Política de desarrollo de la colección.

Procedimiento

Si en el resultado de una búsqueda se detectan dos o más registros bibliográficos que corresponden a recursos idénticos pero que no fueron unificados durante la migración (por presentar diferencias mínimas en el título o subtítulo, en la mención de edición o en la descripción física; en la asignación de los puntos de acceso principales o adicionales; diferencias o ausencia del número normalizado; etc.), se debe proceder a la unificación de los registros.

Tener en cuenta que esta es una operación muy delicada y se la debe realizar con la mayor atención.
La unificación consiste, básicamente, en el movimiento del/los ejemplar(es) (ítems) de uno a otro registro, y se completa con el borrado del registro que quedó sin ítems asociados.


Comprobar fehacientemente la similitud de los registros, revisándolos en la visualización que ofrece la pestaña 2. Etiquetas MARC del panel inferior del resultado de la búsqueda (por defecto se abre en la pestaña 1. Completo + Liga, pero la información que ésta presenta podría resultar insuficiente para tomar la decisión). Si no hay certeza absoluta, se deben solicitar al depósito los ejemplares correspondientes para cotejarlos.

Una vez comprobado que corresponden a recursos idénticos, comparar los registros para identificar al que esté más completo y/o más correcto. Éste es el registro unificador.

Tomar nota de la información presente en los siguientes campos locales del registro que no se eligió y que se borrará, y volcarla en los campos correspondientes: